Articulo 5 Condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria a través del Sistema Nacional de Salud
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»Artículo 5. Reconocimiento de oficio de la condición de asegurado o de beneficiario.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (5 (se deroga)) por Real Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio, sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud.
en vigor desde 31-07-2018 - Artículo modificado (5) por Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.
en vigor desde 30-07-2015
