Articulo 5 Condiciones y ...ependencia

Articulo 5 Condiciones y cuantías máximas de prestaciones económicas reguladas en la Ley 39/2006 de Dependencia

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Artículo 5. Definición y objeto.

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1. La Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a personas cuidadoras no profesionales (PECEF) consiste en una cuantía económica cuya finalidad es contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la atención específica prestada en su domicilio, a quien se encuentra en situación de dependencia, por persona de su familia o de su entorno, no vinculadas a un servicio de atención profesionalizada, cuando se reúnan las condiciones de acceso establecidas con carácter general en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

2. Esta prestación únicamente se podrá conceder cuando no sea posible el acceso a un servicio o, en su defecto, a una prestación económica vinculada al servicio, debido a la inexistencia de recursos públicos o privados acreditados, y siempre que se cumplan los restantes requisitos establecidos en la legislación de dependencia.