Articulo 5 Contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, ad...eventa e intercambio
Articulo 5 Contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, adquisición de productos vacacionales de larga duración, reventa e intercambio
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»Artículo 5. Contrato de reventa.
Vigente
(DEROGADO)
Se entiende por contrato de reventa aquel en virtud del cual un empresario, a título oneroso, asiste a un consumidor en la compra o venta de derechos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico o de un producto vacacional de larga duración.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 4/2012, de 6 de julio) por Ley 4/2012, de 6 de julio, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio y normas tributarias.
(BOE de 07-07-2012) en vigor desde 08-07-2012