Articulo 5 y Convenio AEA...io a EELL.

Articulo 5 y Convenio AEAT-FEMP en materia de suministro de información de carácter tributario a EE.LL.

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Quinta. Principios y reglas de aplicación al suministro de información contemplado en este Convenio.

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El suministro de información que efectúe la Agencia Tributaria en el marco del presente Convenio se regirá por las reglas y principios contemplados en el artículo 6 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 18 de noviembre de 1999.

En concreto, el respeto a los principios de eficiencia y minimización de costes obliga a acudir al tratamiento telemático de las solicitudes efectuadas que deberán ajustarse a los diferentes tipos de información determinados en el anexo I, teniendo en cuenta, por un lado, la normativa aplicable a los diferentes procedimientos y, por otro, que cada tipo de información solicitada se refiera siempre a un número elevado de interesados o afectados.