Articulo 5 Convocatoria de elecciones de diputados y diputadas al Parlamento Europeo
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Artículo 5. Escrutinio.

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El escrutinio general comenzará, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, a las diez horas del día 14 de junio y deberá concluir no más tarde de las veinticuatro horas del día 17 de junio. El recuento de votos en el ámbito nacional, la atribución de los escaños correspondientes a cada una de las candidaturas y la proclamación de electos y electas se realizará por la Junta Electoral Central no más tarde del día 29 de junio.