Artículo 5 se crea y regu...lla y León

Artículo 5 se crea y regula el Registro de Tarjetas de Estacionamiento de Castilla y León

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1. El Registro de Tarjetas de Estacionamiento será público y gratuito. Cualquier persona natural o jurídica que justifique un interés legítimo, podrá solicitar y obtener información de los datos del Registro, mediante solicitud dirigida al Encargado del mismo.

2. Los datos que figuran en el Registro podrán ser objeto de estudios estadísticos por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. La Gerencia de Servicios Sociales, como órgano responsable del Registro, adoptará las medidas necesarias para garantizar los derechos contemplados en la legislación relativa a la Protección de Datos de Carácter Personal.