Articulo 5 Creacion del C... Cantabria

Articulo 5 Creacion del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Cantabria

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Artículo 5. Relaciones con la Administración.

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En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Dietistas Nutricionistas de Cantabria se relacionará con la administración de la Comunidad Autónoma a través de la Consejería competente en materia de Colegios Profesionales. En los aspectos relativos a los contenidos propios de su profesión, se relacionará con la Consejería competente en materia de sanidad.