Articulo 5 Cultura de la Paz

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Artículo 5. Investigación para la paz.

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1. Desde el Gobierno de Aragón:

a) Se promoverá el estudio de las prácticas y tradiciones culturales que contribuyen a la paz, la investigación sobre procesos de negociación y mediación para la solución pacífica de los conflictos, y la identificación de los obstáculos que dificultan una paz duradera y sostenible.

b) Se apoyarán programas de estancia y prácticas dirigidos a la juventud aragonesa en instituciones ligadas a la cultura de paz y gobernanza global de las Naciones Unidas y la Unión Europea.

c) Se apoyará la labor investigadora de los grupos de investigación ya existentes en el ámbito de los estudios para la paz y los derechos humanos y se alentará la incorporación general a estas materias de la comunidad investigadora aragonesa.

d) Se impulsará la investigación para la paz en las universidades aragonesas y su vinculación con los organismos y entidades dedicados a esta materia, con respeto a la autonomía universitaria.

2. Con estos objetivos se concederán líneas de ayuda a la realización de estudios e investigaciones en materia de paz, orientadas tanto al plano internacional como al plano local o comunitario.

3. Se fomentará la participación y cooperación de las instituciones, entidades sociales y centros universitarios aragoneses en redes de investigación nacionales e internacionales, a través de convenios con centros de investigación e investigadores expertos en la materia, para el fomento de la paz, especialmente en contextos de conflicto armado o situación de extremismo violento.

4. Se facilitará la difusión de los resultados de las investigaciones en esta materia entre la comunidad científica y entre el conjunto de la ciudadanía.