Articulo 5 Declaración del Parque Natural de la Sierra Norte de Guadalajara
Articulo 5 Declaración de...uadalajara

Articulo 5 Declaración del Parque Natural de la Sierra Norte de Guadalajara

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 5. Administración y financiación del Parque Natural.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La administración y gestión del Parque Natural corresponderá a la Consejería competente en medio ambiente, que dispondrá de los créditos precisos, de entre los que le sean asignados cada año en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para atender su funcionamiento y las actuaciones de conservación, restauración y fomento que le sean propias.

2. Además de los citados créditos, tendrán la consideración de ingresos finalistas con capacidad de generar crédito los procedentes de subvenciones, donaciones u otras aportaciones, públicas o privadas, así como las cantidades percibidas por la prestación de servicios del Parque Natural y los cánones que graven concesiones para la explotación de servicios del Parque otorgadas a terceros. Estos ingresos se dedicarán en exclusiva a mejoras o inversiones a realizar en el Parque Natural.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-03-2011 en vigor desde 23-03-2011