Artículo 5. DECRETO 1/2026, de 8 de enero, Castilla y León, venta directa y los circuitos cortos de comercialización de productos agroalimentarios
Ver Indice
»Artículo 5. Ámbito territorial.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El presente decreto se aplicará a los productores primarios ubicados en la Comunidad de Castilla y León que participen en la venta a través de canales alternativos, con independencia de la ubicación del consumidor o destinatario final.

