Articulo 5 Deporte y la Actividad Física
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Artículo 5. Competencias de la Generalitat

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1. La Generalitat ostenta todas las competencias que en materia de deporte le atribuye el Estatut d Autonomia de la Comunitat Valenciana, y ejerce las funciones previstas por la presente ley, así como la coordinación y cooperación con otras administraciones públicas.

2. El órgano de dirección y planificación de la administración deportiva de la Generalitat será la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de deporte.

3. Las competencias del Consell en materia de deporte y actividad física son.

a) Ostentar la máxima representación oficial del deporte de la Comunitat Valenciana.

b) Aprobar los planes generales del deporte.

c) Establecer los mecanismos y criterios de coordinación entre las distintas administraciones públicas de la Comunitat Valenciana.

d) Conceder las máximas distinciones deportivas de la Comunitat Valenciana.

e) Establecer y regular el uso de emblemas, símbolos y distintivos oficiales de la Comunitat Valenciana en actividades y manifestaciones deportivas.

f) Ejercer la potestad sancionadora en materia deportiva.

g) Dictar las disposiciones reglamentarias de desarrollo de esta ley.

4. La conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de deporte establecerá las directrices generales de la política deportiva de la Generalitat.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-03-2011 en vigor desde 25-03-2011