Articulo 5 desarrolla la Ley Foral 20/2003 -Familias Numerosas-
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»Artículo 5. Derechos de preferencia.
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Las bases reguladoras del proceso de admisión del alumnado para cursar enseñanzas de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato, en centros docentes sostenidos con fondos públicos, incluirán como criterio prioritario a efectos de admisión, la condición legal de miembro de familia numerosa del solicitante.
Modificaciones
- Artículo modificado (5) por DECRETO FORAL 8/2015, de 18 de febrero, por el que se modifica el Decreto Foral 31/2007, de 2 de abril, por el que se regula la admisión del alumnado en los centros públicos y privados concertados de la Comunidad Foral de Navarra que imparten enseñanzas no universitarias.
(NA de 24-03-2015) en vigor desde 13-04-2013

