Articulo 5 de Desarrollo, la metodología, la duración, la evaluación y el régimen interno del curso básico de capacitación para el acceso a la categoría de policía
5. Sistema de evaluación
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La evaluación deberá garantizar que el alumnado ha alcanzado las competencias necesarias para llevar a cabo las funciones de agente de la policía local.
Para superar el curso de capacitación, es necesario aprobar la evaluación de los conocimientos de los módulos, la evaluación conductual y la práctica estival, en su caso, además de cumplir el porcentaje obligatorio de asistencia.
Los criterios de evaluación deberán tener en cuenta los contenidos conceptuales y de procedimiento, así como las actitudes y los comportamientos del alumnado.
Esta evaluación se realizará aplicando los criterios establecidos en este punto, los cuales serán vinculantes para el personal docente y para la Comisión de Evaluación y de Actualización de los cursos de capacitación de las diferentes categorías de policía local.
5.1. Sistema de evaluación de la parte de conocimientos de los módulos
5.1.1. Criterios generales de evaluación de la parte de conocimientos
Cada asignatura tiene un peso específico en el módulo en el que se integra en función de su carga lectiva, considerada en relación con el resto de las asignaturas que conforman el mismo módulo. La nota de cada asignatura en la valoración global del módulo es directamente proporcional a las horas que tenga atribuidas.
Por otra parte, cada módulo tiene un peso específico en la determinación de la nota final según la carga lectiva del módulo sobre el total del curso. La ponderación de los módulos es la siguiente:
| Módulo 1. Ordenación y regulación del tráfico en el ámbito urbano | 100 horas | 12,5 % |
| Módulo 2. Investigación de accidentes de tráfico en el ámbito urbano | 56 horas | 7 % |
| Módulo 3. Policía local administrativa | 75 horas | 9,37 % |
| Módulo 4. Policía asistencial | 81 horas | 10,12 % |
| Módulo 5. Fundamentos de la profesión de policía local | 35 horas | 4,37% |
| Módulo 6. Investigación y policía judicial | 98 horas | 12,25 % |
| Módulo 7. Auxilio y protección de la ciudadanía | 70 horas | 8,75 % |
| Módulo 8. Prevención de la delincuencia | 55 horas | 6,87 % |
| Módulo 9. Dominio técnico policial | 121 horas | 15,12 % |
| Módulo 10. Complementario | 109 horas | 13,62 % |
5.1.2. Asignaturas selectivas
Las asignaturas indicadas a continuación tienen la consideración de selectivas:
-Regulación del tráfico (módulo 1)
-Deontología y ética profesional. Derechos fundamentales y derechos humanos (módulo 5)
-Primeros auxilios (módulo 7)
-Técnicas de intervención policial (módulo 8)
-Defensa personal policial (módulo 9)
-Armamento y tiro policial (módulo 9)
-Bastón policial (módulo 9)
-Actividad física y salud (módulo 9)
-Integración y desarrollo de las competencias clave (módulo 10)
El hecho de no superar estas asignaturas implica no superar el curso, lo cual deberá ser declarado de acuerdo con el procedimiento establecido en el apartado 5.3, con la especialidad que en este caso la Comisión de Evaluación y de Actualización de los cursos de capacitación podrá aprobar la lista provisional de personas que no hayan superado el curso y elevar la propuesta correspondiente a la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad sin necesidad de esperar a que los alumnos que no hayan superado las asignaturas selectivas a lo largo del curso lo hayan finalizado.
5.1.3. Calificación de las asignaturas y de los módulos
La calificación de las asignaturas puede ser de los siguientes tipos:
-Numérica: en este caso se valorará de 0 a 10 puntos. Se deberá obtener un mínimo de 5 para considerar superada la asignatura.
-Apto/no apto: calificación correspondiente a las asignaturas que tienen un componente esencialmente práctico. Se deberá obtener un apto para considerar superada la asignatura.
Para determinar la nota del módulo, la calificación de apto equivale a una nota de 10, y la de no apto, a una de 0.
La calificación de cada módulo se obtendrá de la aplicación de la media ponderada de las puntuaciones obtenidas en las asignaturas superadas que la integran.
Sin embargo, a pesar de haber suspendido alguna asignatura, también se calculará la media ponderada cuando se cumplan los requisitos determinados en el apartado 5.1.8, relativo al criterio de globalización.
La nota mínima para aprobar un módulo es 5, y se deberán aprobar todos los módulos para superar el curso.
5.1.4. Pruebas de evaluación de las asignaturas
Las pruebas de evaluación de las diferentes asignaturas tienen en consideración los contenidos conceptuales (aprender a conocer), los procedimentales (aprender a hacer) y los actitudinales (aprender a ser).
Las asignaturas se podrán evaluar mediante la realización de una o varias pruebas, de acuerdo con las que se establecen en este apartado.
El personal docente encargado de impartir cada asignatura deberá concretar la prueba o las pruebas que se tengan que llevar a cabo y los criterios de corrección respectivos, de lo cual deberá informar al alumnado con antelación suficiente y dejar constancia en el espacio virtual.
Si en una asignatura se hacen pruebas con calificación de apto o no apto, para superarla será imprescindible superar las pruebas que tienen esta calificación.
Si en una asignatura se hacen varias pruebas con calificación numérica para calcular la nota de la asignatura, se deberá hacer la media entre las notas de las diferentes pruebas o se aplicará un criterio de ponderación, según determine el personal docente de la asignatura. Los datos se comunicarán debidamente al alumnado a través del espacio virtual.
Los diferentes tipos de pruebas que se pueden hacer para evaluar al alumnado son los siguientes:
1. Ejercicios de tipo test con dos, tres o cuatro alternativas de respuesta, de las cuales solo una es correcta. Las preguntas que queden sin contestar no se valorarán, y las respuestas erróneas o en que figure más de una respuesta se penalizarán de acuerdo con la fórmula siguiente:
Q= [{A - (E/n - 1)} x 10]/P
Q: resultado de la prueba
A: número de respuestas acertadas
E: número de respuestas erróneas
P: número de preguntas del ejercicio
n: alternativas de respuesta
2. Diferentes supuestos prácticos sobre acciones, actos o denuncias (prácticas reales, simulaciones, resoluciones de conflictos, juegos de rol, etc.).
3. Ejercicios para desarrollar (desarrollo por escrito del temario de la asignatura).
4. Supuestos prácticos con la exposición de varios dilemas éticos relacionados con la actividad policial.
5. Supuestos de tipo escrito relativos a la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos.
6. Prácticas operativas de los conocimientos adquiridos.
7. Memorias, trabajos o redacciones de las diversas actividades llevadas a cabo sobre los conocimientos adquiridos de la materia objeto de la asignatura.
8. Pruebas físicas.
9. Participación activa en foros y actividades en línea que sean obligatorios de acuerdo con el programa de la asignatura.
Según cada módulo, los diferentes tipos de calificación de las pruebas son los siguientes:
Módulo 1. Ordenación y regulación del tráfico en el ámbito urbano
Tipo de calificación:
1.1. Seguridad vial y circulación. Numérica
1.2. Transportes. Numérica
1.3. Tráfico urbano. Numérica
1.4. Habilitación en control de drogas en la conducción. Numérica
1.5. Regulación del tráfico. Apto/no apto
Módulo 2. Investigación de accidentes de tráfico en el ámbito urbano
Tipo de calificación:
2.1. Intervención en accidentes de tráfico. Numérica
2.2. Prácticas de confección de atestados de tráfico. Numérica
Módulo 3. Policía local administrativa
Tipo de calificación:
3.1. Derecho administrativo. Numérica
3.2. Derecho local. Numérica
3.3. Actuaciones de policía administrativa. Numérica
3.4. Establecimientos públicos. Numérica
3.5. Medio ambiente. Intervención policial. Numérica
3.6. Derecho de extranjería. Numérica
3.7. Aplicación de la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana. Numérica
Módulo 4. Policía asistencial
Tipo de calificación:
4.1. Área de psicología. Numérica
4.2. Área social. Numérica
4.3. Mediación policial. Numérica
4.4. Inteligencia emocional para policías. Numérica
Módulo 5. Fundamentos de la profesión de policía local
Tipo de calificación:
5.1. Deontología y ética policial. Derechos fundamentales y derechos humanos. Apto/no apto
5.2. Normativa autonómica sobre la policía local y normativa de la EBAP. Numérica
5.3. Atención a la ciudadanía. Numérica
Módulo 6. Investigación y policía judicial
Tipo de calificación:
6.1. Derecho penal. Numérica
6.2. Derecho procesal. Numérica
6.3. Policía judicial. Numérica
6.4. Introducción a la criminología. Numérica
Módulo 7. Auxilio y protección de la ciudadanía
Tipo de calificación:
7.1. Violencia machista. Violencia doméstica. Numérica
7.2. Gestión policial de atención a la diversidad. Numérica
7.3. Normativa de protección de datos. Numérica
7.4. Intervención en emergencias. Numérica
7.5. Primeros auxilios. Apto/no apto
7.6. Seguridad privada. Numérica
Módulo 8. Prevención de la delincuencia
Tipo de calificación:
8.1. Técnicas de intervención policial. Apto/no apto
8.2. Policía comunitaria. Numérica
8.3. Programa del policía tutor de la CAIB. Numérica
Módulo 9. Dominio técnico policial
Tipo de calificación:
9.1. Actividad física y salud. Numérica
9.2. Defensa personal policial. Apto/no apto
9.3. Armamento y tiro policial. Apto/no apto
9.4. Bastón policial. Apto/no apto.
9.5. Toma de decisiones en situaciones críticas. Numérica
9.6. Transmisiones. Numérica
Módulo 10. Complementario
Tipo de calificación:
10.1. Actividades complementarias. Apto/no apto
10.2. Integración y desarrollo de las competencias clave. Apto/no apto
10.3. Prevención de riesgos laborales para policía local. Numérica
10.4. Inglés y alemán policial. Numérica
10.5. Prácticas en la sede judicial. Apto/no apto
10.6. Prácticas interdisciplinarias. Apto/no apto
5.1.5. Incidencias en las pruebas de evaluación
La utilización de cualquier medio para falsear los resultados de las pruebas de evaluación de alguna de las asignaturas conlleva la calificación de 0 o no apto en la prueba, sin perjuicio de los efectos sobre la evaluación conductual por incumplimiento de los deberes de régimen interno.
5.1.6. Recuperaciones
El alumnado tiene derecho a recuperar hasta el 30% de asignaturas suspendidas. Con carácter general, solo se llevará a cabo una prueba de recuperación por asignatura.
El profesorado de cada asignatura comunicará la convocatoria de la prueba de recuperación correspondiente con suficiente antelación en el espacio virtual de la EBAP.
La nota obtenida en la recuperación de una asignatura no deberá ser nunca superior a 5.
Excepcionalmente, en caso de no superar la prueba de recuperación correspondiente por causas de fuerza mayor apreciadas por la Comisión de Evaluación y de Actualización, así como en situaciones de incapacidad temporal, permisos por nacimiento o cuidado de un menor o derivados del reconocimiento de situaciones de violencia de género, la Comisión de Evaluación y de Actualización podrá fijar una fecha extraordinaria de recuperación cuando cese la causa que impide hacer la prueba. En cualquier caso, esta se llevará a cabo de manera que no se menoscaben los derechos del resto de aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables.
5.1.7. Publicación de calificaciones y revisión de exámenes
El profesorado responsable de las pruebas deberá publicar las calificaciones en el espacio virtual.
Una vez publicadas, el alumnado dispone de tres días para solicitar una revisión de examen.
Esta revisión se hace individualmente y solo se cambiará la nota si hay un error de corrección debidamente motivado y justificado por el profesor. En la revisión relativa a la evaluación de asignaturas selectivas se dará a conocer al alumnado la motivación en la que se fundamenta la declaración de no apto en la asignatura. En cualquier caso, la motivación deberá constar en el expediente académico de cada alumno y se deberá referir a la exposición de los hechos evaluables observados por el profesorado durante el desarrollo de las pruebas de las asignaturas selectivas, junto con toda la información adicional que se considere razonable y suficiente para fundamentar la no superación de la asignatura.
Una vez hechas las revisiones, las calificaciones definitivas de las pruebas y de las asignaturas se publicarán en el espacio virtual.
El profesorado deberá dejar constancia de la evaluación en el expediente de cada alumno mediante el acta de evaluación, con la motivación que corresponda.
5.1.8. Criterio de globalización
Este criterio considera la evaluación conjunta e integral del expediente académico del alumno para valorar la superación de la parte de conocimientos del curso. De este modo, permite evaluar a los alumnos a pesar de no haber superado una o más asignaturas, siempre que concurran los requisitos que se detallan en este apartado. El criterio de globalización consiste en la aplicación de la media ponderada de las puntuaciones obtenidas en las asignaturas que integran el módulo, una vez hechas las recuperaciones correspondientes.
La Comisión de Evaluación y de Actualización de los cursos de capacitación deberá aplicar este criterio cuando concurran acumulativamente los requisitos que se especifican a continuación:
-Haber superado las asignaturas selectivas.
-Haber superado el 70 % de las asignaturas del curso.
-Tener una nota igual o superior a 4 en las asignaturas no superadas.
5.2. Sistema de evaluación de los aspectos conductuales
Durante el desarrollo del curso, además de valorar la adquisición de conocimientos y habilidades, se valorará la dimensión actitudinal del alumnado manifestada con el comportamiento, las actitudes y los valores en el marco de lo que establecen los deberes de régimen interno.
El personal de instrucción asignado el curso hará la evaluación conductual, lo que deberá llevar a cabo por medio de la observación directa del trabajo, las actitudes y las aptitudes de los alumnos. Para motivar sus puntuaciones, de manera adicional y complementaria, el personal de instrucción puede tener en consideración otras herramientas de observación indirecta que informen sobre las actitudes, las aptitudes y los comportamientos de los alumnos, que pueden consistir, entre otras, en las que se indican a continuación:
-Informes técnicos o periciales.
-Comunicaciones del coordinador, de los docentes, de los delegados, del jefe de estudios y del resto de personal de la Jefatura IV.
-Análisis de información de registros o quejas.
-Resultado de sociogramas.
Para superar el curso, se deberá superar esta evaluación, que se valorará mediante la calificación de apto/no apto. La evaluación conductual tiene dos vertientes: una que está constituida por la valoración de la adquisición y el refuerzo de las competencias clave, y otra que está integrada por la evaluación negativa derivada de los incumplimientos de las directrices de los deberes de régimen interno.
Para superar la evaluación conductual, se deberá tener la calificación de apto en las dos dimensiones que la integran.
5.2.1. Evaluación de las competencias clave
Las competencias clave, personales y sociales, definidas en el apartado 1.2 de este manual, deberán ser evaluadas por el personal de instrucción de manera transversal a lo largo del curso mediante la observación directa o indirecta y de acuerdo con el siguiente cuadro de ítems:
| ÍTEMS DE EVALUACIÓN | MOTIVACIÓN | ||||
| Competencias clave | 1. No cumple | 2. Mejorable | 3. Adecuado | 4. Muy adecuado | |
| 1. Motivación e identificación con la organización: jerarquía y disciplina | |||||
| 2. Responsabilidad y orientación a la calidad | |||||
| 3. Autonomía e iniciativa en la resolución de problemas | |||||
| 4. Predisposición al cambio: adaptabilidad y flexibilidad | |||||
| 5. Autocontrol y resistencia a los condicionantes | |||||
| 6. Autogestión y desarrollo personal | |||||
| 7. Habilidades sociales y comunicativas | |||||
| 8. Orientación de servicio a las personas | |||||
| 9. Cooperación y trabajo en equipo | |||||
| 10. Mejora continua | |||||
El personal de instrucción hará un seguimiento de los alumnos para determinar si tienen o no las competencias clave requeridas para ejercer la función policial. De este seguimiento, deberá llevar un registro, como mínimo, con carácter mensual, en el que tendrá que escribir las anotaciones que correspondan para poder motivar una posible evaluación negativa. A mitad de curso, comunicará a los alumnos el resultado parcial de la evaluación en relación con cada competencia clave, para que puedan mejorar los comportamientos y las actitudes cuando proceda.
Una vez finalizado el curso, el personal de instrucción deberá elaborar un informe global de cada uno de los alumnos, que se incorporará a los expedientes académicos respectivos. En este informe deberá constar la evaluación final de cada competencia clave y la motivación de las circunstancias consideradas para evaluar los comportamientos y las actitudes de cada alumno durante el desarrollo del curso. Si un grupo dispone de más de un instructor, estos elaborarán el informe de forma conjunta.
En este informe final se motivarán de manera más exhaustiva las valoraciones de «no cumple» y de «mejorable», con inclusión de los datos objetivos de las conductas observadas y los hechos circunstanciales relevantes.
Para tener la calificación de apto en esta dimensión de la evaluación conductual, se deberá obtener en el informe final una valoración de, como mínimo, «adecuado» en todas y cada una de las competencias clave evaluadas. Las valoraciones de «no cumple» o «mejorable» en una o más de las competencias clave suponen la evaluación de no apto del alumno y, por tanto, la no superación del curso.
5.2.2. Evaluación conductual por incumplimientos
El incumplimiento de los deberes de régimen interno descritos en el apartado 4.3.1.1 de este manual tendrá una implicación directa sobre la nota final del curso, en los términos que se exponen a continuación.
A.Los incumplimientos de los deberes de régimen interno mediante las conductas que a continuación se enumeran suponen una detracción de 1 punto de la nota final del curso:
a.Las agresiones físicas contra el personal docente, los alumnos y demás personal de la EBAP. (deber d)
b.La embriaguez manifestada en actos o gestos que demuestren una alteración de las condiciones psicofísicas habituales durante el horario lectivo, así como la tenencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas y su consumo durante el horario lectivo. (deber m)
c.El hecho de sustraer o causar maliciosamente daños al material, la documentación o las instalaciones de la EBAP y también a las propiedades de los demás alumnos. (deber y)
d.El acceso sin autorización a instalaciones o dependencias de la EBAP que la requieren, forzando cerraduras, instalaciones de seguridad o cualquier sistema que impida el acceso libre y sin obstáculos al interior. (deber k)
e.La imprudencia temeraria en el uso de armas de fuego que ponga en peligro al resto de personas presentes o a sí mismo. (deber y)
f.La negativa a que se hagan las comprobaciones técnicas pertinentes para determinar el nivel de alcohol en aire espirado o para detectar el consumo de sustancias tóxicas, a requerimiento de los responsables de la EBAP. (deber n)
A. Los incumplimientos de los deberes de régimen interno mediante las conductas que a continuación se enumeran suponen una detracción de 0,50 puntos de la nota final del curso:
a.Las ofensas graves dirigidas a cualquier persona de la EBAP, así como las amenazas de producirles daño físico o patrimonial. (deber d)
b.La desobediencia de una instrucción o orden emitida de forma expresa y directa. (deber o)
c.Cuestionar las instrucciones u órdenes de forma vehemente, además de las manifestaciones públicas e intensas de protesta o desagrado. (deber o)
d.La difusión no autorizada, total o parcial, del material didáctico recogido en el espacio virtual de la EBAP o cualquier material entregado al alumno durante el curso fuera del ámbito escolar. (deber v)
e.La utilización de medios que tengan por objeto falsear el resultado de las pruebas, las evaluaciones o los exámenes. (deber r)
B. Los incumplimientos de los deberes de régimen interno mediante las conductas que a continuación se enumeran suponen una detracción de 0,30 puntos de la nota final del curso:
a.Causar daños en los locales, el material o los documentos de los servicios de la EBAP por negligencia inexcusable. (deber y)
b.Las acciones u omisiones dirigidas a eludir los sistemas de control de horarios o dificultar la detección de los incumplimientos injustificados del horario. (deber a)
c.La indisciplina o el incumplimiento de directrices del personal docente que no queden incluidas en las letras b) y c) del apartado B anterior. (deber h)
d.Participar durante el horario lectivo en cualquier juego de dinero, apuestas u otros que menoscaben el prestigio de la EBAP y/u organizarlos. (deber p)
e.Cualquier conducta individual o colectiva que pueda ocasionar una perturbación grave de la actividad lectiva o que afecte al funcionamiento normal del centro. (deber h)
f.Permitir el uso de su clave de acceso al espacio virtual de la EBAP a usuarios no autorizados. (deber v)
g.No observar las normas de seguridad y/o las indicaciones del personal docente en el uso de armas de fuego. (deberes y, h)
h.La pérdida de una pieza del uniforme, de las credenciales o del equipamiento que le haya facilitado la EBAP por negligencia inexcusable. (deber l)
i.Hacer un mal uso del uniforme o de la identificación del alumno o hacer ostentación pública del uniforme fuera de las instalaciones en que se desarrolle el curso básico. (deber p)
j.Fumar en la clase o en las zonas comunes durante las actividades formativas o en los lugares no autorizados. (deber m)
k.Abandonar la clase sin la autorización del personal docente. (deber a)
l.No ejercer de forma reiterada las funciones de delegado o subdelegado en caso de ser elegido. (deber f)
m.No comunicar al personal instructor asignado al curso los retrasos, las ausencias y las bajas médicas e indisposiciones, así como cualquier otra incidencia que tenga relevancia en el curso básico, y no aportar la documentación acreditativa que corresponda. (deber g)
n.No informar de las anomalías que conozca y afecten o puedan afectar al funcionamiento normal del curso mediante el delegado o subdelegado del curso. (deber j)
o.Consumir alimentos en las instalaciones donde se desarrolle el curso, salvo en los lugares destinados a este objetivo. (deber q)
C. Los incumplimientos de los deberes de régimen interno por medio de las conductas que a continuación se enumeran supondrán una detracción de 0,10 puntos de la nota final del curso:
a.La incorrección con el personal docente, el resto de personal de la EBAP o los alumnos. (deber d)
b.El mal uso o el descuido en la conservación de las instalaciones y del material de la EBAP. (deber y)
c.La pérdida de una pieza del uniforme, de las credenciales o el equipamiento que le haya facilitado la EBAP por simple negligencia. (deber l)
d.Prescindir del conducto reglamentario para formular cualquier solicitud, reclamación o queja relacionada con el funcionamiento de la EBAP. (deber s)
e.La omisión intencionada del saludo al jefe de estudios, al coordinador del curso o al personal docente, así como al resto de alumnos o al resto de personal de la EBAP. (deberes y, d)
f.No respetar los horarios de los cursos o seminarios sin motivo debidamente justificado. (deber a)
g.No respetar el horario, así como las instrucciones para llevar a cabo la formación diaria indicada en el apartado 4.3.7 de este manual. (deber t)
h.Cualquier clase de juego sin que implique apuestas o el uso de dinero que se lleve a cabo en las dependencias de la EBAP en horario lectivo, siempre que menoscabe la imagen de esta. (deber p)
i.No guardar el silencio requerido para desarrollar las actividades formativas y los actos organizados por la EBAP. (deberes d, z)
j.Usar teléfonos móviles o cualquier otro sistema electrónico de comunicación audiovisual en cualquier momento no autorizado por el personal docente. (deber x)
k.No prestar atención a las clases por cualquier motivo distinto de los previstos en las letras anteriores. (deberes d, z)
l.Incumplir las normas de uniformidad, apariencia externa y presentación personal y/o descuidar la conservación del equipo. (deber l)
m.El acceso sin autorización a las instalaciones o dependencias relacionadas con la EBAP. (deber k)
En los casos en que el personal de instrucción observe alguna de las conductas definidas en los apartados anteriores que impliquen vulneración de los deberes de régimen interno por parte del alumno, deberá aplicar a la nota final del curso las detracciones previstas en los apartados anteriores, de conformidad con las siguientes reglas:
-Los tres primeros incumplimientos del apartado D darán lugar a simples advertencias sin que supongan detracción en la nota final del curso. Estos incumplimientos deberán ser comunicados al alumno para que pueda mejorar su conducta.
-A partir del cuarto incumplimiento del apartado D se restará 0,10 puntos a la nota y en relación con el resto de incumplimientos de los apartados A, B y C anteriores se aplicará la penalización de conformidad con los puntos que se han detallado. En estos casos se deberá seguir el procedimiento que se expone a continuación.
Se deberán comunicar los incumplimientos por escrito al alumno y se le dará un plazo de tres días para formular alegaciones a contar a partir del día siguiente de la notificación. Este escrito deberá incluir los datos objetivos y circunstanciales de los hechos y las fechas en las que han tenido lugar.
Una vez finalizado el plazo de alegaciones, el personal de instrucción responderá a las alegaciones del alumno con toda la información relevante relativa a los hechos y confirmará o modificará la conclusión referida a la existencia o no de incumplimiento del régimen interno. Este informe se comunicará tanto al alumno como a la Comisión de Evaluación y de Actualización de los cursos de capacitación y también se incluirá en el expediente académico correspondiente.
-La detracción de 1,5 puntos o más en la nota final supondrá una evaluación de no apto y, por lo tanto, la no superación del curso, que será declarada por la Comisión de Evaluación y de Actualización cuando concurra esta circunstancia sin esperar a la finalización del curso. La Comisión elevará la propuesta a la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, que dictará la resolución correspondiente.
El personal de instrucción puede comunicar los incumplimientos al alumno en una entrevista personal para recordarle los deberes de régimen interno y la importancia de la evaluación conductual.
5.3. Proceso de evaluación para superar el curso básico de capacitación
De acuerdo con las calificaciones de las asignaturas, una vez hechas las recuperaciones correspondientes, la Comisión de Evaluación y de Actualización de los cursos de capacitación deberá calcular la nota definitiva de cada módulo de conformidad con los criterios establecidos en el apartado 5.1, y aplicando, en su caso, el criterio de globalización establecido en el apartado 5.1.8.
Una vez obtenida la nota de cada módulo, si se obtiene una nota igual o superior a 5 en cada uno, se calculará la nota del curso de acuerdo con lo establecido en el apartado 5.1.1. Seguidamente se aplicarán, cuando proceda, las penalizaciones en la nota final del curso según lo previsto en el punto 5.2.2.
Para considerar superado el curso de capacitación, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.Aprobar todos los módulos del curso, o práctica formativa, en su caso, con una nota igual o superior a 5.
2.Cumplir el porcentaje de asistencia obligatoria a las clases y actividades del curso en los términos establecidos en el apartado 4.3.3.1.
3.Aprobar todas las asignaturas selectivas.
4.Superar la evaluación conductual.
5.Obtener una nota final del curso igual o superior a 5.
Una vez comprobados los anteriores requisitos, la Comisión de Evaluación y de Actualización aprobará de forma conjunta la lista provisional de calificaciones de cada módulo y de la nota del curso, y la lista provisional de personas que han superado el curso de capacitación, incluyendo las personas con derecho a reserva de plaza en los supuestos previstos en el apartado 4.3.3.2, así como la lista provisional de personas que no han superado el curso de capacitación. Estas listas se publicarán en el espacio virtual.
El alumnado puede presentar las alegaciones que considere oportunas en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de haberse publicado las listas provisionales.
Finalizado el plazo de alegaciones y una vez resueltas las que se hayan presentado, si ha sido el caso, la Comisión de Evaluación y de Actualización de los cursos de capacitación elevará a la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad la propuesta definitiva de las personas que han superado el curso básico y de las que no lo han superado.
De acuerdo con la propuesta, la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad aprobará la lista de aspirantes que han superado el curso básico de capacitación mediante una resolución que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Además, la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad aprobará la lista de aspirantes que no han superado el curso básico de capacitación mediante una resolución que se notificará a cada uno de los interesados.
