Articulo 5 Economía Circular
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Artículo 5. Objetivos.

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Son objetivos de esta Ley:

a) Favorecer el desarrollo económico sostenible en Andalucía, mediante la implantación de una economía circular en torno a la cual se desarrolle un modelo económico y productivo que aplique e incorpore la circularidad a sus diseños, procesos, productos, bienes y servicios, en aras de afianzar un desarrollo de nuestra comunidad basado en la sostenibilidad y que genere herramientas eficaces para la lucha contra el cambio climático.

b) Impulsar la creación y desarrollo de un tejido empresarial que diseñe, desarrolle y aplique soluciones innovadoras en los procesos productivos y servicios en general y en la gestión de los residuos en particular, lo que supondrá generación de empleo sostenible y generación de nuevas oportunidades de mercado.

c) Preservar el medio ambiente andaluz, optimizando el uso de los recursos naturales, minimizando la producción de residuos y maximizando la reutilización y el reciclaje de los que se produzcan, favoreciendo la transición hacia una economía que logre la neutralidad climática.

d) Establecer como centro de las políticas de economía circular a las personas y las empresas, haciéndolas corresponsables y copartícipes, junto a las Administraciones, de los beneficios de la economía circular para el desarrollo económico y social, así como para la salud y la lucha contra los efectos del cambio climático.

e) Aumentar la resiliencia y competitividad de la economía andaluza, estableciendo modelos productivos complementarios y con capacidad de respuesta ante circunstancias globales y los efectos del cambio climático.

f) Contribuir a optimizar los ciclos productivos y la simbiosis industrial, facilitando el aprovechamiento de todos los flujos de sus ciclos de producción y consumo, que promuevan la introducción de materiales reciclados procedentes de residuos, en sustitución de materias primas vírgenes, en el ciclo productivo, de manera que estos puedan reincorporarse al sistema económico.

g) Fomentar la investigación, el desarrollo y la innovación a lo largo del ciclo de vida de los productos, desde el ecodiseño hasta la gestión de los residuos para la generación de soluciones innovadoras que permitan disminuir el uso de recursos naturales y materias primas, alargar la durabilidad de los productos y servicios, y minimizar la generación de residuos, así como contribuir a mitigar los efectos del cambio climático mediante la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la aplicación de los análisis de ciclo de vida (ACV), conforme a las normas aceptadas internacionalmente, así como las normas de referencia para productos y edificación.

h) Promover la información, la participación y la concienciación ciudadana mediante el fomento de una cultura basada en la corresponsabilidad ambiental en el comportamiento diario de la ciudadanía, las empresas y las Administraciones.

i) Incorporar al ordenamiento jurídico andaluz los objetivos de reducción, de producción y de gestión de residuos fijados en la normativa de la Unión Europea y estatal.

j) Contribuir al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, al Nuevo Plan de acción para la economía circular por una Europa más limpia y competitiva y a la Estrategia Española de Economía Circular y los Planes de Acción nacionales.

k) Fomentar la proximidad en el consumo y la producción cercana de materias primas, tanto básicas como fundamentales, de modo que se reduzca la dependencia de las materias primas minerales, como medida imprescindible en la lucha contra el cambio climático, y la descarbonización de la economía.