Articulo 5 del se estable...strumental

Articulo 5 del se establecen directrices para la inclusión de cláusulas de carácter social, laboral y medioambiental en la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y su sector público instrumental

Ver Indice
»

Quinto. Exigibilidad del cumplimiento de las obligaciones legales en el ámbito social, laboral y de protección del medio ambiente

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. El pliego de cláusulas administrativas particulares señalará el organismo u organismos de los que los candidatos o licitadores puedan obtener la información pertinente sobre protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción socio-laboral de las personas con discapacidad, la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los trabajos efectuados en la obra o a los servicios prestados durante la ejecución del contrato; excepto cuando no sea posible señalar esta información, debiendo en este caso el órgano de contratación justificar en el expediente el motivo, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 129.1 de la Ley 9/2017.

2. El órgano de contratación solicitará a las empresas que manifiesten haber tenido en cuenta en la elaboración de sus ofertas las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en estas materias, de acuerdo con lo indicado en el artículo 129.2 de la Ley 9/2017.

3. Durante la ejecución de los contratos, los contratistas deben cumplir las obligaciones establecidas en la legislación medioambiental y en la laboral y social aplicables respecto de los trabajadores y trabajadoras que participen en la realización de la prestación contractual. El incumplimiento de estas obligaciones legales -que son diferentes de las obligaciones contractuales impuestas como condiciones especiales de ejecución- dará lugar a la imposición de penalidades y podrá dar lugar a la resolución del contrato.

4. Estas obligaciones deben recogerse en los pliegos de cláusulas administrativas del contrato y, en especial, la obligación del contratista de cumplir durante todo el periodo de ejecución contractual las condiciones fijadas en el convenio colectivo que resulte de aplicación y se establecerán mecanismos de control y seguimiento del cumplimiento estricto de esta obligación.