Articulo 5 Establecimient...rahotelero

Articulo 5 Establecimientos de alojamiento turístico extrahotelero

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Artículo 5. Unidades de alojamiento turístico extrahotelero: modalidades.

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1. Se entiende por "apartamento turístico" la unidad de alojamiento turístico extrahotelero que reúna los siguientes requisitos:

- Estar compuesta, como mínimo, de cocina, salón-comedor, uno o más dormitorios independientes y uno o más cuartos de baño en pieza igualmente independiente.

- Tener dotadas todas sus estancias con el mobiliario, enseres y equipamiento que le son propios.

- Ocupar parcialmente el inmueble en el que se ubica.

2. Se entiende por "chalet" o "bungalow" la unidad de alojamiento turístico extrahotelero que reúna los siguientes requisitos:

- Estar compuesta, como mínimo, de cocina, salón-comedor, uno o más dormitorios independientes y uno o más cuartos de baño en pieza igualmente independiente.

- Tener dotadas todas sus estancias con el mobiliario, enseres y equipamiento que le son propios.

- Ocupar la totalidad de un inmueble exento o, al menos, con dos fachadas al exterior, y con entrada independiente; en el caso de los bungalows, dicho inmueble tendrá una sola planta, mientras que los chalets podrán tener una o varias plantas, y estar rodeados de un jardín.

3. Se entiende por "estudio" la unidad de alojamiento turístico extrahotelero que reúna los siguientes requisitos:

- Estar compuesta por una pieza conjunta de salón-comedor-dormitorio, una cocina -incorporada o no a la anterior- y un cuarto de baño en pieza independiente.

- Tener dotadas todas sus estancias con el mobiliario, enseres y equipamiento que le son propios.

- Tener una capacidad máxima de dos plazas.

- Ocupar parcialmente el inmueble en el que se ubica.

4. La modalidad apartamento turístico y estudio podrán coexistir en el mismo establecimiento de alojamiento turístico extrahotelero. La denominación y modalidad del establecimiento será la de mayor número de unidades de alojamiento. En caso de paridad, la denominación y modalidad del establecimiento se establecerá a elección del titular".