Articulo 5 Hacienda Pública de Navarra

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Artículo 5. Facultades del Gobierno de Navarra en materia de Hacienda Pública.

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En las materias objeto de esta Ley Foral, corresponde al Gobierno de Navarra:

  1. Ejercer la potestad reglamentaria.

  2. Aprobar el proyecto de Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra y someterlo a la aprobación del Parlamento.

  3. Prestar o denegar la conformidad a la admisión a trámite de las enmiendas o proposiciones de ley foral que supongan aumento o disminución de los ingresos presupuestarios, todo ello en los términos previstos en el Reglamento del Parlamento de Navarra.

  4. Aprobar el proyecto de Ley Foral de Cuentas Generales de Navarra y someterlo a la aprobación del Parlamento de Navarra.

  5. Determinar las directrices de política económica y financiera de la Comunidad Foral.

  6. Ejercer las demás funciones y competencias que le atribuya el ordenamiento jurídico.