Articulo 5 Impulso demográfico de Galicia
Artículo 5. Principios de actuación
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La aplicación de la presente ley se regirá por los siguientes principios:
a) Transversalidad.
Las administraciones públicas de Galicia incorporarán la perspectiva demográfica en todas sus políticas, tanto en la elaboración de la normativa que las regule como en la dotación presupuestaria, especialmente en los ámbitos familiar, laboral, de la salud, la educación, la cultura y el ocio, el deporte, la juventud, el envejecimiento, la migración, los servicios públicos y las comunicaciones.
b) Colaboración y cooperación. Las administraciones públicas de Galicia colaborarán a favor del impulso demográfico de Galicia y promoverán, en el ejercicio de sus competencias, la cooperación de la Administración estatal y comunitaria.
c) Coordinación. Las administraciones públicas de Galicia articularán procedimientos de coordinación entre los diferentes órganos implicados en las políticas y medidas previstas en la presente ley, al objeto de simplificar y agilizar la tramitación de los procedimientos relacionados con las mismas.
d) Responsabilidad pública. Las administraciones públicas de Galicia garantizarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, la regulación, articulación y aplicación efectiva del conjunto de políticas y medidas previstas en la presente ley.
e) Eficacia y eficiencia administrativa. Las administraciones públicas de Galicia habrán de alcanzar los objetivos definidos en la presente ley garantizando la eficacia y la eficiencia en el empleo de los recursos, evitando posibles duplicidades derivadas de la intervención de diferentes órganos o administraciones y velando por la aplicación de una perspectiva integral en el planteamiento de políticas sectoriales.
f) Información y sensibilización. Las administraciones públicas de Galicia fomentarán el estudio y análisis de las implicaciones de la evolución demográfica y contribuirán a la mejora de la concienciación de la ciudadanía, mediante el impulso del debate y la sensibilización social al respecto.
g) Evaluación y seguimiento. Las administraciones públicas de Galicia realizarán un seguimiento continuo del desarrollo e implantación de las políticas públicas en materia demográfica para evaluar su eficacia y eficiencia y facilitar la toma de decisiones sobre las mismas.
h) Participación. Las administraciones públicas de Galicia promoverán la participación de la ciudadanía, la iniciativa social, los interlocutores económicos y sociales y los restantes agentes públicos y privados en la planificación y aplicación de las políticas de impulso demográfico.
