Articulo 5 Instalación de desfibriladores externos automatizados
Artículo 5. Declaración responsable de la instalación de DEA.
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1. Las personas físicas o jurídicas obligadas a instalar un DEA conforme a lo dispuesto en este decreto foral deberán realizar una declaración responsable dirigida al Departamento de Salud en un plazo máximo de 30 días desde su instalación, indicando datos identificativos de la persona física o jurídica que realiza la misma, el lugar en que va a quedar instalado el aparato, así como los datos identificativos y de contacto de la persona o personas que puedan utilizar el DEA si se precisara y su disponibilidad horaria. Dicha declaración responsable deberá realizarse conforme al modelo establecido en el Anexo I de este decreto foral.
2. Comprobada la idoneidad de la declaración, se procederá a la inscripción del DEA en el registro previsto en el artículo 10.1 b).
3. Las personas físicas o jurídicas no obligadas a la instalación de DEA podrán realizar idéntica comunicación, quedando obligadas al cumplimiento de los extremos contenidos en dicha comunicación.
4. La modificación de los datos contenidos en la declaración responsable y la retirada de cualquiera de los DEA deberá ser objeto igualmente de declaración responsable en el plazo de 15 días desde que dicha modificación o retirada se produzca.
