Articulo 5 Ley 5/2021, de 20 de octubre, Andalucía, Tributos Cedidos
Ver Indice
»Artículo 5. Concepto de familia numerosa.
Vigente
1. A los efectos de esta Ley, el concepto de familia numerosa es el fijado en el artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, o norma que la sustituya.
2. La aplicación de los beneficios fiscales previstos en esta Ley para los miembros de familias numerosas queda condicionada a que los contribuyentes ostenten, a la fecha del devengo del impuesto, el título de familia numerosa que acredita dicha condición y categoría.

