Artículo 5 LEY 5/2026, d...eneralitat

Artículo 5. LEY 5/2026, de 31 de julio, C. Valenciana, medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat

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Artículo 5.

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Se modifica el apartado 1 del artículo 26.1-1 correspondiente al hecho imponible regulado en el capítulo I «Tasa por licencias, permisos, autorizaciones y registros por los órganos competentes en materia de medio ambiente» del título XXVI «Tasas en materia de medio ambiente», quedando su redacción del siguiente modo:

«1. Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación, por la conselleria competente en materia de medio ambiente, de los siguientes servicios:

a) Expedición de licencias necesarias para la práctica de la caza dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.

b) Expedición de licencias y registro de embarcaciones necesarias para la práctica de la pesca en aguas continentales de la Comunitat Valenciana.

c) Expedición de licencia para la práctica de la caza con carácter interautonómico.

d) Expedición de licencia para la práctica de la pesca en aguas continentales con carácter interautonómico.

e) Expedición de permiso de pesca en cotos.

f) Declaración, registro de cotos y licencia de aprovechamiento anual.

g) Actuaciones relativas a vías pecuarias.»