Articulo 5 Ludotecas

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Artículo 5. Personas usuarias.

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1. Las ludotecas están dirigidas a usuarios y usuarias cuya edad esté comprendida entre los 0 años y la mayoría de edad.

2. Los usuarios y las usuarias menores de 4 años deben estar acompañados de la persona legalmente responsable del menor o de cualquier otra persona adulta autorizada por aquélla, durante toda la estancia en la ludoteca. En ningún caso, los y las profesionales del centro pueden ser autorizados como acompañantes del menor.

3. La persona legalmente responsable de menores de edad de entre 4 a 16 años debe firmar un documento autorizando al menor la estancia en la ludoteca y aceptando las condiciones del funcionamiento interno y el régimen de responsabilidades del centro. La autorización debe ser registrada y se actualiza anualmente.