Articulo 5 Mapa de Servicios Sociales

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Artículo 5. Principios rectores

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1. El ordenamiento territorial del SPVSS se basa en los principios rectores de gestión de carácter territorial, administrativo y organizacional contenidos en el artículo 6.4 de la Ley de Servicios Sociales Inclusivos, conteniendo en el principio de equidad territorial el de acción positiva en favor de situaciones de especial vulnerabilidad territorial y sociodemográfica.

2. Sin perjuicio de la aplicación de los principios rectores contenidos en el apartado anterior, es un principio específico para determinar las zonas básicas, las áreas y los departamentos de servicios sociales en el territorio concreto de la Comunitat Valenciana la cooperación y colaboración con las entidades locales. La colaboración interadministrativa entre la Generalitat y las entidades locales es garantía de la equidad territorial, de la estabilidad y seguridad en las relaciones jurídicas y financieras del SPVSS y de la permanencia en el tiempo de la zonificación.