Articulo 5 Medidas 2002 Administrativas y Fiscales
Artículo 5. Tasas aplicables por la Consejería de Educación y Juventud.
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Dentro de las Tasas aplicables por la Consejería de Educación y Juventud, previstas en la Ley de Cantabria 9/1992, de Tasas y Precios Públicos, se modifican las tarifas de la Tasa 2 por Expedición de Títulos y Diplomas Académicos, quedando establecidas en las siguientes cuantías:
Tarifa 1: Aplicable para la expedición de los títulos no gratuitos derivados de la Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE):
Bachillerato LOGSE. Tarifa Normal: 42,42 euros. Técnico. Tarifa normal: 17,29 euros. Técnico Superior. Tarifa normal: 42,42 euros. Certificado de Aptitud de las Escuelas de Idiomas. Tarifa normal: 20,41 euros.
Título Profesional: 79,45 euros. Bachillerato LOGSE. Familia numerosa primera categoría: 21,22 euros. Técnico. Familia numerosa primera categoría: 8,64 euros.
Técnico Superior. Familia numerosa primera categoría: 21,22 euros.
Título Profesional Familia Numerosa Primera Categoría: 39,73 euros.
Certificado de Aptitud de las Escuelas de Idiomas. Familia numerosa primera categoría: 10,21 euros.
Tarifa 2: Para los casos de solicitud de duplicados por extravío, modificaciones, etc., imputables al interesado:
Bachillerato LOGSE: 3,80 euros. Técnico: 2,02 euros. Técnico Superior: 3,80 euros. Certificado de Aptitud de Escuelas de Idiomas: 1,90 euros.
Título Profesional: 3,80 euros.
