Articulo 5 Medidas en materia de emergencias y gestión, prevención y extinción de incendios forestales y creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias
- Se modifica el nombre de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía que pasa a denominarse Agencia de Emergencias de Andalucía. Todas las referencias contenidas a la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía se entenderán hechas a la nueva denominación. - Decreto-ley 5/2026, de 20 de abril, por el que se modifica el Decreto-ley 2/2023, de 11 de abril, por el que se adoptan medidas en materia de emergencias y gestión, prevención y extinción de incendios forestales y se autoriza la creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, así como otras normas organizativas y en materia de emergencias.
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»Artículo 5. Autorización para la creación de la de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía.
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Se autoriza la creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, conforme al artículo 56.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, como agencia de régimen especial de las previstas en el artículo 54.2.c) de la misma Ley.
