Articulo 5 Medidas tributarias urgentes en I. Balears
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»Artículo 5. Mínimo exento.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (5 (se deroga)) por Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en Materia de Tributos Cedidos por el Estado
(PM de 07-06-2014) en vigor desde 08-06-2014 - Artículo modificado (5) por Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2013
(PM de 29-12-2012) en vigor desde 31-12-2012
