Articulo 5 Medidas urgent...s europeos

Articulo 5 Medidas urgentes para la gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos

Ver Indice
»

Artículo 5. Régimen de control previo aplicable a los expedientes tramitados en el marco de la gestión de los fondos de los Proyectos Next Generation EU.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La función interventora aplicable a los expedientes tramitados en el marco de la gestión de los fondos de los Proyectos Next Generation EU se definirá mediante acuerdo del Gobierno de Navarra dictado al amparo de lo dispuesto en el artículo 98.3 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

2. En todo caso el despacho de estos expedientes gozará de prioridad respecto de cualquier otro, debiendo pronunciarse el órgano de control en el plazo máximo de cinco días.