Articulo 5 Medidas urgentes para la reducción del déficit
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»Artículo 5. Compatibilidad
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La jornada reducida de 25 horas semanales adoptada como consecuencia de lo previsto en los artículos anteriores no tendrá la consideración de jornada laboral especial, a los efectos previstos en el artículo 5.1 b) del Decreto 175/2006 de 24 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la administración del Consell. En consecuencia, podrá solicitar la declaración de compatibilidad para el desempeño de otras actividades, de acuerdo con lo establecido en el artículo 92 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana y en la normativa de carácter básico en materia de incompatibilidades.
