Articulo 5 Medidas urgent... económico

Articulo 5 Medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del IRPF y otras medidas de carácter económico

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Artículo 5. Precio unitario para la financiación de los pagos por capacidad.

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Los precios unitarios para la financiación de los pagos por capacidad regulados en el anexo III de la Orden ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de octubre de 2007, y en la Orden ITC/3127/2011, de 17 de noviembre, por la que se regula el servicio de disponibilidad de potencia de los pagos por capacidad y se modifica el incentivo a la inversión al que hace referencia el anexo III de la Orden ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, aplicables por la energía adquirida por los sujetos a los que se refiere la disposición adicional séptima de la Orden ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008, serán los siguientes.

Peajes de acceso

Precio unitario para la financiación de los pagos por capacidad

Euro/kWh (b.c.)

P1

P2

P3

P4

P5

P6

Peajes de baja tensión:

2.0 A (Pc d 10 kW).

0,008181

2.0 DHA (Pc d 10 kW).

0,008430

0,001422

2.0 DHS (Pc d 10 kW).

0,008430

0,001920

0,001138

2.1 A (10< Pc d 15 kW).

0,008181

2.1 DHA (10< Pc d 15 kW).

0,008430

0,001422

2.1 DHS (10< Pc d 15 kW).

0,008430

0,001920

0,001138

3.0 A (Pc > 15 kW).

0,014798

0,007606

0,000102

Peajes de alta tensión:

3.1 A (1 kV a 36 kV).

0,011365

0,006119

0,000000

6.1A (1 kV a 30 kV).

0,011365

0,005246

0,003496

0,002622

0,002622

0,000000

6.1B (30 kV a 36 kV).

0,011365

0,005246

0,003496

0,002622

0,002622

0,000000

6.2 (36 kV a 72,5 kV).

0,011365

0,005246

0,003496

0,002622

0,002622

0,000000

6.3 (72,5 kV a 145 kV ).

0,011365

0,005246

0,003496

0,002622

0,002622

0,000000

6.4 (Mayor o igual a 145 kV).

0,011365

0,005246

0,003496

0,002622

0,002622

0,000000