Articulo 5 Metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2017-2021
- Norma derogada desde el 5 de abril de 2023. - Ley 10/2023 de 3 de Abr (Metodología de señalamiento del cupo vasco 2022-2026)
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»Artículo 5. Ajustes.
Derogado
Uno. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 14 y 15 siguientes, las cifras que resulten de la imputación a que se refiere el número cuatro del artículo anterior se ajustarán para perfeccionar la estimación de los ingresos por impuestos directos imputables al País Vasco y al resto del Estado según lo establecido en el artículo 55 del Concierto.
Dos. Las cantidades que resulten de la práctica del ajuste regulado en el número uno anterior constituirán el Cupo de cada Territorio Histórico.

