Articulo 5 Modelo de declaración-liquidación 042 -tasa fiscal sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias-
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»Artículo 5. Plazo de ingreso.
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1. En el supuesto de rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias, el pago de la tasa se realizará con anterioridad a su celebración o autorización por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. En el supuesto de apuestas, la liquidación y el ingreso de la tasa, una vez expedida la preceptiva autorización por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se efectuará entre los días 1 y 20 de los meses de enero, abril, julio y octubre, respecto de las que se celebren u organicen los trimestres naturales anteriores.
