Articulo 5 Modelo S-90 de autoliquidación 2012 del IS y del IRnR correspondiente a establecimientos permanentes y normas para la presentación de las declaraciones
Artículo 5. Procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo S-90.
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Para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo S-90 se deberá seguir el siguiente proceso.
1.º Cumplimentar la declaración en el programa de ayuda.
2.º Una vez cumplimentada la declaración, es necesario validarla previamente a su presentación.
3.º Una vez validada la declaración, se permitirá enviarla por Internet. En el envío se puede incluir más de una declaración, siempre que pertenezcan al mismo modelo y periodo.
4.º Una vez enviada la declaración, el sistema le responderá con el número de recibo, fecha y hora de presentación. Posteriormente, cuando el envío haya sido validado y procesado, podrá comprobar su resultado desde la aplicación de consulta de declaraciones disponible en la dirección de Internet http:/www.hacienda.navarra.es.
