Articulo 5 Modelo S-90 de...laraciones

Articulo 5 Modelo S-90 de autoliquidación 2012 del IS y del IRnR correspondiente a establecimientos permanentes y normas para la presentación de las declaraciones

Ver Indice
»

Artículo 5. Procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo S-90.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo S-90 se deberá seguir el siguiente proceso.

1.º Cumplimentar la declaración en el programa de ayuda.

2.º Una vez cumplimentada la declaración, es necesario validarla previamente a su presentación.

3.º Una vez validada la declaración, se permitirá enviarla por Internet. En el envío se puede incluir más de una declaración, siempre que pertenezcan al mismo modelo y periodo.

4.º Una vez enviada la declaración, el sistema le responderá con el número de recibo, fecha y hora de presentación. Posteriormente, cuando el envío haya sido validado y procesado, podrá comprobar su resultado desde la aplicación de consulta de declaraciones disponible en la dirección de Internet http:/www.hacienda.navarra.es.