Articulo 5 Modificación d...io y juego

Articulo 5 Modificación de la Ley 2/1989, sobre centros recreativos turísticos, y de establecimiento de normas en materia de tributación, comercio y juego

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Artículo 5. Obligaciones de los titulares de autorizaciones para las actividades de juego en los centros recreativos turísticos

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1. Las empresas titulares de autorizaciones para la organización, explotación y práctica de actividades de juego en los centros recreativos turísticos deben acreditar el origen lícito y la titularidad real de los fondos desembolsados para la organización y la explotación de las actividades de juego y apuestas a las que se refiere la presente ley, en los términos establecidos por la autorización otorgada.

2. Las empresas titulares de autorizaciones para la organización, explotación y práctica de actividades de juego en los centros recreativos turísticos deben contar con las medidas exigibles de acuerdo con la normativa de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, y con las medidas de vigilancia o control exigibles para evitar las conductas tipificadas como delictivas en estos centros de juego, en los términos y las condiciones regulados por la normativa aplicable.

3. Las empresas titulares de autorizaciones para las actividades de juego en los centros recreativos turísticos deben realizar una gestión responsable del juego. Se entiende por gestión responsable del juego el conjunto de principios y prácticas que hay que adoptar para proteger el orden público garantizando la integridad del juego, optimizando simultáneamente los beneficios para la sociedad y estableciendo normas de protección de los menores, en especial la prohibición de acceso y de paso a las zonas de juego.

4. El órgano de la Generalidad competente en materia de juego debe verificar el cumplimiento de los compromisos a los que se refiere el presente artículo, sin perjuicio de las competencias de supervisión del servicio ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias en materia de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.