Articulo 5 Mossos d´Esquadra
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Artículo 5.

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En el ejercicio de sus funciones, dentro del marco de las competencias que corresponden a la Generalidad, el Cuerpo de «Mossos d´Esquadra» tiene el carácter de policía ordinaria e integral y actúa en todo el territorio de Cataluña.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-1994 en vigor desde 09-08-1994