Articulo 5 Municipal y de...-Derogada-

Articulo 5 Municipal y de Régimen Local -Derogada-

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Artículo 5.

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1. El catalán es la lengua propia de la Administración local de Cataluña y, por lo tanto, debe ser la lengua de uso normal y general en sus actividades.

2. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a escoger la lengua oficial con que se relacionan con los entes locales, y éstos tienen el deber correlativo de atenderles en la lengua escogida, en los términos establecidos en la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística.

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