Articulo 5 Museos de La Mancha
Artículo 5. Requisitos para la creación.
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Para cumplir eficazmente sus fines, las instituciones museísticas que se creen en Castilla-La Mancha de titularidad autonómica, o gestionadas por la Administración Regional, deberán presentar un Plan Director de acuerdo con los siguientes requisitos.
1. Los museos:
a) Inmueble idóneo destinado a sede del museo con carácter permanente.
b) Colección estable suficiente y adecuada al ámbito y objetivos del museo.
c) Fondos accesibles para la investigación, consulta, enseñanza, divulgación y disfrute.
d) Acceso público con las debidas garantías de conservación y adecuándose a la normativa interna del museo.
e) Exposición sistemática y ordenada de la colección o colecciones.
f) Documentación de todos sus fondos.
g) Régimen de visita pública.
h) Dirección, conservación y mantenimiento a cargo de personal cualificado.
i) Presupuesto fijo y suficiente para garantizar su funcionamiento y la seguridad de sus fondos e instalaciones.
j) Estatutos, normas de organización y gobierno y carta de servicios.
2. Las colecciones museográficas de titularidad autonómica deberán contar con los siguientes medios:
a) Espacio idóneo como sede de la colección con carácter permanente.
b) Colección estable, coherente y suficiente. c) Accesibilidad de la colección para investigadores.
d) Exposición sistemática y ordenada de la colección.
e) Régimen de visita pública.
f) Presupuesto suficiente para garantizar su funcionamiento y la seguridad de sus instalaciones.
g) Carta de servicios.
3. Los centros de interpretación de titularidad autonómica deberán contar con los siguientes medios:
a) Un inmueble adecuado a las funciones que ha de cumplir, y que puede ser el propio sitio o monumento de cuyo conocimiento y conservación se trata.
b) Accesibilidad del sitio o monumento a los investigadores.
c) Régimen de visita pública.
d) Dirección, conservación y mantenimiento a cargo de personal cualificado.
e) Presupuesto suficiente para garantizar su funcionamiento y la seguridad de sus instalaciones.
f) Carta de servicios.
