Articulo 5 NormaForal22/2015,de29dediciembre,demodificacióndelanormativareguladoradedeterminadosimpuestos
Artículo 5. Modificación de la Norma Foral 11/2003, de 31 de marzo, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
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Se introducen las siguientes modificaciones en la Norma Foral 11/2003, de 31 de marzo, de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Uno. Se deroga el número 29 de la letra B) del apartado Uno del artículo 69.
Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 70 que queda redactado como sigue:
1. Las sociedades que, de acuerdo con la Ley 44/2015, de 14 de octubre, sean calificadas como laborales, gozarán en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de una bonificación del 99 por ciento de las cuotas que se devenguen por modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, por la adquisición por cualquier medio admitido en Derecho, de bienes y derechos provenientes de la empresa de la que proceda la mayoría de los socios trabajadores de la sociedad laboral.
La descalificación como laboral, de acuerdo con lo establecido en la Ley citada en el párrafo anterior, conllevará la pérdida y el reintegro de los beneficios tributarios disfrutados como consecuencia de la condición de sociedad laboral desde el momento en el que la sociedad incurra en la causa de descalificación con los correspondientes intereses de demora.
