Articulo 5 Normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos
- El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de enero de 2020.
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»Artículo 5. Supercréditos
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En el cálculo de las emisiones medias específicas de CO2, cada turismo nuevo con emisiones específicas de CO2 por debajo de 50 g de CO2/km equivaldrá a:
- 2 turismos en 2020,
- 1,67 turismos en 2021,
- 1,33 turismos en 2022,
- 1 turismo a partir de 2023,
para el año en el que se matricule durante el período comprendido entre 2020 y 2022, sujeto a un límite superior de 7,5 g de CO2/km durante ese período para cada fabricante, calculado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1153.
