Articulo 5 Normas para la...018 Murcia

Articulo 5 Normas para la elaboración de los Presupuestos 2018 Murcia

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Artículo 5. Documentación para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

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1. Documentación de aplicación general a la Administración Pública Regional y sus Organismos Autónomos.

A) Fichas no informatizadas a cumplimentar por todos los Centros Gestores.

Los Centros gestores cumplimentaran mediante soporte papel las fichas detalladas a continuación, ajustadas a los modelos que quedan recogidos en el Anexo VII de la presente Orden.

Ficha P18/E1, de Modificaciones en la estructura orgánica y funcional: el objeto de esta ficha es conocer las modificaciones en la estructura orgánica y funcional que se produzcan entre la situación actual, reflejada en el Anexo V de la presente Orden, y las nuevas propuestas para el año 2018.

Ficha P18/E2, de Homogeneización de estructuras presupuestarias: el objeto de esta ficha es conocer los cambios de imputación presupuestaria de los gastos que se han producido entre 2017 y 2018 a fin de llevar a cabo la adecuada homogeneización de dichas estructuras a efectos de su análisis y comparación.

Ficha P18/E3, de Desarrollo de la estructura orgánica: el objeto de esta ficha es obtener una mayor desagregación de la información relativa a la estructura orgánica de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

Ficha P18/E4, de Creación de nuevos subconceptos de gasto: esta ficha recoge el modelo que deberá cumplimentar el centro gestor cuando solicite la creación de nuevos subconceptos en la clasificación económica del presupuesto de gastos.

Ficha P18/E5, de Creación de nuevos subconceptos de ingreso: esta ficha recoge el modelo que deberá cumplimentar el centro gestor cuando solicite la creación de nuevos subconceptos en la clasificación económica del presupuesto de ingresos.

Ficha P18/E6, de Habilitación de nuevas fuentes de financiación: esta ficha recoge el modelo que deberá cumplimentar el centro gestor cuando solicite la creación de nuevas fuentes de financiación. Para ello se tendrán en cuenta los listados de Fondos y Formas de Intervención que figuran como Anexo VI de la presente Orden.

Ficha P18/E7, de Modificación de fuentes de financiación: esta ficha recoge el modelo que deberá cumplimentar el centro gestor cuando solicite la modificación de cualquiera de los elementos de las fuentes de financiación vigentes.

Ficha P18/TL, de Propuesta de Texto para su inclusión en el texto articulado: el objeto de esta ficha es recoger todas las propuestas de normas de contenido presupuestario cuya inclusión en el articulado de la Ley de Presupuestos se consideren procedentes, distinguiendo, con relación a la vigente Ley, entre propuesta de modificación y propuesta de adición o supresión.

Ficha P18/G1 de Cambio de imputación presupuestaria de puestos de trabajo: el objeto de esta ficha es determinar los puestos de trabajo que experimentan algún cambio en su adscripción orgánica y/o funcional en el ejercicio 2018 respecto a la vigente en 2017.

B) Fichas informatizadas a cumplimentar por todos los Centros Gestores.

Los Centros gestores introducirán o modificarán en la aplicación informática de elaboración del presupuesto la información contenida en las fichas detalladas a continuación, cuyos modelos quedan recogidos en el Anexo VII de la presente Orden.

Ficha P18/O1, de Memoria del programa: el objeto de esta ficha es conocer la finalidad última del programa, indicando la problemática sobre la que se actúa, los órganos que intervienen en su ejecución, los objetivos concretos que se persiguen y las principales actividades a desarrollar.

Ficha P18/O2, de Objetivos e indicadores: el objeto de esta ficha es definir los indicadores necesarios para evaluar el grado de consecución de los objetivos del programa.

Ficha P18/G2, de Dotaciones de gasto: cuyo fin es determinar las necesidades económicas para el año 2018, para los subconceptos del presupuesto no asociados a proyectos de gasto.

Ficha P18/PG, de Dotaciones de proyectos de gasto: el objeto de esta ficha es obtener información individualizada de los proyectos de gasto previstos para el año 2018 y siguientes.

Ficha P18/MPG, de Memoria de proyectos de gasto: el objeto de esta ficha es obtener información precisa sobre las características de cada uno de los proyectos a ejecutar en el año 2018.

Ficha P18/MS, de Memoria de la Sección: el objeto de esta ficha es obtener una visión global a nivel de Sección de las principales actuaciones presupuestarias a desarrollar por la misma, justificando adecuadamente las propuestas de gasto efectuadas. Asimismo, mostrará la información relativa al impacto por razón de género de todas las actuaciones a llevar a cabo por la Sección.

Ficha P18/MP, de Memoria explicativa de las dotaciones del programa: el objeto de esta ficha es que los Centros gestores fundamenten sus peticiones de gasto, justificando con detalle, para cada capítulo de gastos del correspondiente programa, las variaciones con respecto al ejercicio anterior.

Ficha P18/I1 de Previsiones de ingresos de los capítulos 3, 5, 6, 8 y 9: el objeto de esta ficha es recoger las previsiones de ingresos gestionados por los distintos Centros Gestores que afectan a los mencionados capítulos.

Ficha P18/MI, de Memoria explicativa de las previsiones de ingresos: El objeto de esta ficha es que los Centros Gestores justifiquen el montante de las previsiones de ingresos propuestas para el año 2018, explicando las variaciones más significativas registradas entre estas últimas y las iniciales de 2017.

2. Documentación de las entidades públicas empresariales, otras entidades de Derecho público de la Comunidad Autónoma, sociedades mercantiles regionales, fundaciones del Sector Público Autonómico y consorcios adscritos a la Administración Pública Regional.

A) Las entidades públicas empresariales, las otras entidades de Derecho público de la Comunidad Autónoma y las sociedades mercantiles regionales citadas en el artículo 4.3.A de la presente Orden, cumplimentarán la información correspondiente al Anexo VIII.A.

B) El Servicio Murciano de Salud deberá cumplimentar las fichas del apartado anterior, con excepción de la ficha EP-6 de medios personales. Asimismo, deberá suministrar la información que se relaciona en el Anexo VIII.B de esta Orden.

C) Las fundaciones del Sector Público Autonómico citadas en el artículo 4.3.B de la presente Orden cumplimentarán toda la información correspondiente al Anexo VIII.A.

D) Los consorcios citados en el artículo 4.3.C de la presente Orden cumplimentarán la información correspondiente al Anexo VIII.A., a excepción de las fichas EP3 Presupuesto de Explotación y EP4 Presupuesto de Capital .

3. Seguimiento de programas presupuestarios.

El trámite a que se refiere el punto 3 de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 24 de noviembre de 1999, se entenderá cumplido por parte de los órganos gestores de los programas a los que resulta de aplicación el sistema normalizado para el seguimiento de programas presupuestarios regulado en la misma, mediante la cumplimentación de las fichas P18/O1 y P18/O2.