Artículo 5 No devolución,...o de salud

Artículo 5. No devolución, interés superior del niño vida familiar y estado de salud

Ver Indice
»

Artículo 5. No devolución, interés superior del niño vida familiar y estado de salud

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Al aplicar la presente Directiva, los Estados miembros tendrán debidamente en cuenta:

a) el interés superior del niño,

b) la vida familiar,

c) el estado de salud del nacional de un tercer país de que se trate,

y respetarán el principio de no devolución.