Artículo 5 Orden DCA/348...8 de abril

Artículo 5. Orden DCA/348/2026, de 8 de abril

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Artículo 5. Otros informes emitidos por los equipos multiprofesionales.

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En los supuestos en los que la legislación vigente determine la necesidad de emitir informe por el equipo multiprofesional, la persona titular de la Dirección del Centro Base determinará el profesional o profesionales que deban intervenir en su elaboración, para su posterior aprobación por parte del citado órgano técnico.