Articulo 5 Ordenación sostenible de la pesca en aguas continentales
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»Artículo 5. Derecho a pescar
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El derecho a pescar en aguas continentales corresponde a todas las personas que no se encuentren incapacitadas ni inhabilitadas específicamente para el ejercicio de la pesca y que posean la licencia de pesca y el permiso de pesca oportunos.
