Artículo 5 Participación Ciudadana en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria
- Título de la norma modificado por Corrección de errores al anuncio publicado en el Boletín Oficial de Cantabria número 6, de 12 de enero de 2026, de Ley 1/2026, de 5 de enero, de Participación Ciudadana en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. - Corrección de errores al anuncio publicado en el Boletín Oficial de Cantabria número 6, de 12 de enero de 2026, de Ley 1/2026, de 5 de enero, de Participación Ciudadana en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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»Artículo 5. El derecho a la participación ciudadana.
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El derecho a participar en los asuntos públicos que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria incluirá:
a) La iniciativa, individual o colectiva, para promover procesos de participación ciudadana en defensa de los intereses comunes y colectivos de la sociedad, en los términos recogidos en la presente Ley.
b) El acceso a la información pública derivada de los procesos de participación ciudadana en los términos previstos en la normativa aplicable sobre transparencia.
c) La posibilidad de realizar propuestas en el marco de los procesos de participación ciudadana y de recibir respuesta motivada en relación con las que no sean aceptadas.
