Articulo 5 Participación ... Andalucía

Articulo 5 Participación Ciudadana de Andalucía

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Artículo 5. Órganos y mecanismos de participación existentes de las entidades locales.

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Para garantizar el desarrollo eficaz y la necesaria colaboración y coordinación de lo dispuesto en la presente ley se tendrán en cuenta los órganos y mecanismos de participación ya existentes en las entidades locales, tales como consejos, comisiones y mesas de debate, por tener estas precisamente la finalidad de canalizar y propiciar la implicación ciudadana en la toma de decisiones.