Articulo 5 Permisos -nov. 2019- a empleados públicos con motivo de las elecciones al Congreso y al Senado
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Si alguna persona comprendida en los artículos tercero y cuarto de la presente Orden hubiere de prestar servicios en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la Administración, a petición del interesado o interesada, deberá cambiarle el turno, a los efectos de poder descansar la noche anterior al día de la votación.
