Articulo 5 Presupuestos 2004 Madrid
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»Artículo 5. Aplicación de remanentes de tesorería.
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Los remanentes de tesorería de los Organismos Autónomos quedarán afectados al cumplimiento de las obligaciones generales de la Comunidad de Madrid, excepto para el caso del Instituto de la Vivienda de Madrid y el Consorcio Regional de Transportes.
