Articulo 5 Presupuestos 2017 Cantabria

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Artículo 5. No disponibilidad de créditos.

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Con vigencia exclusiva para el ejercicio 2017 y al objeto de cumplir los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, se autoriza al titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a declarar no disponible cualquier crédito presupuestario sin limitación alguna de cuantía o de naturaleza del crédito y su posterior reasignación, si fuera necesaria, a cualquier crédito del estado de Gastos, respetando en todo caso lo establecido en la Ley de Finanzas de Cantabria, la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y demás normativa básica.