Artículo 5 Presupuestos Generales para el año 2026 de Navarra
Artículo 5. Ampliaciones de crédito.
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1. Además de los créditos referidos en las letras a) a g) del apartado 1 del artículo 47 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, tendrán la consideración de ampliables para el ejercicio 2026 todas las partidas existentes o que fuera necesario crear durante el ejercicio para la concesión de indemnizaciones, subvenciones y préstamos que pudieran aprobarse como consecuencia del reconocimiento y reparación de las víctimas del terrorismo o de las víctimas de actos de motivación política contemplados en la legislación vigente, así como todas las partidas correspondientes al pago de cotizaciones a la Seguridad Social.
2. Además, tendrán la consideración de ampliables para el ejercicio 2026, todas las partidas existentes o que fuera necesario crear durante el ejercicio, aunque no exista la vinculación exigida y regulada en el artículo 38 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, para financiar las medidas para la reducción de las listas de espera en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea que contendrán en su denominación la expresión listas de espera.
3. Asimismo, tendrán la consideración de ampliables para el ejercicio 2026 todas las partidas existentes o que fuera necesario crear durante el ejercicio, aunque no exista la vinculación exigida y regulada en el artículo 38 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, para financiar las inversiones del Programa de inversiones 2025 previstas en el artículo 80 de esta Ley Foral y que contendrán en su denominación PRIN25.
4. Además de lo anterior, se considerarán ampliables:
4.1. Las siguientes partidas del Departamento de Economía y Hacienda:
a) 100000-10000-4709-441100 denominada "AUDENASA. Política comercial".
b) 114001-13100-3101-923700 denominada "Intereses y comisiones de créditos".
c) 114001-13100-3509-923700 denominada "Retribución por saldos en cuentas corrientes y similares".
d) 111002-11300-6002-923100 denominada "Terrenos y bienes naturales".
e) 111002-11300-6003-923100 denominada "Demoliciones".
f) 111002-11300-6020-923100 denominada "Edificios y obras de nueva instalación, y reforma del patrimonio inmobiliario".
g) 155005-17800-3501-932100 denominada "Intereses por demora en devoluciones de ingresos indebidos e impuestos".
4.2. Las siguientes partidas del Departamento de Cohesión Territorial:
a) 210001-21100-4609-942300 denominada "Compensación a entes locales por bonificaciones en tributos locales".
b) 220000-22000-6010-453300 denominada "Revisión de precios".
c) 220003-22200-2090-453200 denominada "Canon de la autovía A-12 Pamplona-Logroño".
d) 220003-22200-2090-453202 denominada "Canon de la autovía A-21 Autovía del Pirineo".
e) 220004-22100-4700-452100 denominada "Canon de los riegos del Canal de Navarra. Ampliación 1.ª Fase".
4.3. Las siguientes partidas del Departamento de Educación:
a) 400000-41000-1220-322000 denominada "Retribuciones del personal contratado temporal".
b) 400000-41000-1800-322000 denominada "Reconocimiento de servicios, nuevos complementos, grado, antigüedad, reingresos de excedencias y otros".
c) 400000-41000-1810-322000 denominada "Retribuciones de personal de ejercicios anteriores".
d) 400000-41000-1820-322000 denominada "Ejecución de sentencias indemnizaciones y compensaciones por estabilización".
e) Las del proyecto 410003 Subvenciones a la enseñanza privada concertada y asimilada de código económico 4811.
f) 430005-43500-2210-324100 denominada "Comedores".
g) 430005-43500-2230-324100 denominada "Transporte escolar".
h) 430005-43500-2230-324102 denominada "Transporte escolar educación especial".
i) 430005-43500-4800-324100 denominada "Ayudas individualizadas por transporte escolar".
j) 430005-43500-4800-324102 denominada "Ayudas individualizadas para comedores".
k) 420006-42600-4800-322E00 denominada "Prácticas alumnado de FP: Seguridad Social".
4.4. Las siguientes partidas del Departamento de Salud:
a) 540000-52000-1810-311100 denominada "Retribuciones de personal de ejercicios anteriores".
b) 540000-52000-1820-311100 denominada "Ejecución de sentencias, indemnizaciones y compensaciones por estabilización".
c) Las del grupo de programas 54, excepto las señaladas en el apartado 2 de este artículo, correspondientes a los códigos económicos siguientes: 2210, 2213, 2214, 2215, 2216, 2286, 2287 y 2500; así como las del grupo de programas 52 correspondientes al código económico 2215.
d) 540002-52833-2231-311103 Encargo a BIDEAN. Transporte sanitario.
e) 540002-52833-4809-311104 denominada "Prótesis, órtesis y vehículos para personas con discapacidad".
f) 540005-52831-4809-313100 denominada "Prestaciones farmacéuticas".
g) 540005-52831-4809-313102 denominada "Absorbentes y otros productos sanitarios".
h) 540005-52831-4809-313103 denominada "Prestaciones farmacéuticas-regulación copago".
i) 543000-52200-6057-312802 denominada "Instrumental quirúrgico".
j) 543004-52214-2276-312700 denominada "Trabajos de fraccionamiento de plasma para la producción de fármacos".
k) 545000 52400 6057 312803 denominada "Instrumental quirúrgico".
l) 546000 52500 6057 312803 denominada "Instrumental quirúrgico".
4.5. Las siguientes partidas del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente:
a) 710004-71300-2218-412200 denominada "Productos veterinarios".
b) 710004-71300-2279-412205 denominada "Vacunaciones oficiales de emergencia".
c) 710004-71300-7700-412200 denominada "Indemnización por sacrificio a causa de epizootias".
d) 710006-71500-4700-414100 denominada "Canon de los riegos del Canal de Navarra".
4.6. Las siguientes partidas del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo:
a) Las de código económico 2600, ubicadas en los proyectos 901003, 920005, 920006 y 920008, destinadas a financiar las prestaciones garantizadas que se establecen en el Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general prevista en la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, excepto las partidas cofinanciadas por fondos del FSE+.
b) 901002-91100-4809-212100 denominada "Pensiones no contributivas".
c) 901002-91100-4809-231500 denominada "Renta garantizada".
d) 901002-91100-4809-231505 denominada "Ingreso mínimo vital".
e) 901003-91600-4609-231500 denominada "Servicio de acogida para personas sin hogar y otros programas de acompañamiento social PSH".
f) 920004-93200-4809-231B00 denominada "Ayudas vinculadas a servicio".
g) 920004-93200-4809-231B02 denominada "Ayudas para la atención de servicios personales".
h) 920008-93300-4809-231700 denominada "Recursos para autonomía de jóvenes del sistema de protección".
i) 920008-93300-4809-231702 denominada "Prestaciones económicas a familias".
j) 920008-93300-4809-231704 denominada "Cuotas de niños en centros ajenos".
k) 950001-96100-4709-241109 denominada "Ayudas a Centros Especiales de Empleo".
4.7. La siguiente partida del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo:
a) A20003-A2300-6056-333100 denominada "Adquisición de bienes culturales".
4.8. Las siguientes partidas del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia:
a) F20001-F2100-4819-112103 denominada "Asistencia jurídica gratuita".
b) F30001-F3100-1001-921400 denominada "Prestaciones a expresidentes, exconsejeros y otros altos cargos del Gobierno de Navarra".
c) F30001-F3100-1620-921400 denominada "Fondo para la aplicación de acuerdos en materia de personal".
d) F30001-F3100-1800-921400 denominada "Reconocimiento de servicios, nuevos complementos, grado, antigüedad, reingresos de excedencias y otros".
e) F30001-F3100-1800-921402 denominada "Incremento retributivo".
f) F30001-F3100-1810-921400 denominada "Retribuciones de personal de ejercicios anteriores".
g) F30001-F3100-1820-921400 denominada "Ejecución de sentencias, indemnizaciones y compensaciones por estabilización".
h) F40002-F4600-2140-921800 denominada "Reparación y mantenimiento de vehículos y maquinaria".
i) F40002-F4600-2281-921800 denominada "Combustibles y lubricantes".
j) F41000-F4100-2274-132103 denominada "Servicios de seguridad para protección contra la violencia de género".
