Articulo 5 preventivas Acuerdo de 22 de julio de 2020 de medidas básicas de prevención en materia de salud pública aplicables en Extremadura
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»Quinto. Medidas preventivas adicionales en autoescuelas.
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La actividad que se realice en autoescuelas podrá impartirse de un modo presencial hasta el setenta y cinco por ciento respecto del máximo permitido.
Modificaciones
- Modificación realizada (5º (se corrige)) por Corrección de errores de la Resolución de 24 de julio de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se establecen las medidas básicas de prevención en materia de salud pública aplicables en Extremadura tras la superación de la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
(E de 31-07-2020) en vigor desde 27-07-2020
