Articulo 5 Procedimiento ...r nacional

Articulo 5 Procedimiento de selección y nombramiento de funcionarios interinos para desempeñar puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional

Ver Indice
»

Artículo 5. Bases de selección.

Derogado

1. Las bases y la convocatoria de la selección serán aprobadas por el órgano competente de la Corporación y se harán públicas en el «Boletín Oficial de la Provincia» correspondiente y, en su caso, en el portal de internet de la Entidad Local.

2. Las bases contendrán, necesariamente, la descripción del puesto a proveer, con expresión de la escala, subescala, categoría, grupo, subgrupo y nivel de complemento de destino, cuantía mensual del complemento específico, los requisitos que han de reunir las personas aspirantes, el plazo de presentación de solicitudes, el sistema selectivo, las pruebas selectivas que, en su caso, hubieran de celebrarse y la relación de méritos que debieran ser tenidos en cuenta en la selección, en los supuestos en que en el proceso selectivo se incorpore una fase de concurso, la composición del órgano de selección y la cuantía, en su caso, de los derechos de examen.

3. Los requisitos para tomar parte en el proceso selectivo deberán ser los exigidos para acceder a la condición de personal funcionario de carrera de la subescala y categoría a la que el puesto de trabajo pertenezca.

Los méritos deberán ser objetivos y adecuados a las características del puesto de trabajo.

4. La composición de los tribunales de selección se ajustará a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.